1. DEFINICIONES
BELMONT ASSET MANAGEMENT S DE RL DE CV en adelante BELMONT ASSET MANAGEMENT se ha acogido a las definiciones expresadas en la LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES, publicada en el Diario Oficial de la Federación en 5 de julio de 2010.
• Aviso de Privacidad: Documento físico, electrónico o en cualquier otro formato generado por el responsable que es puesto a disposición del titular, previo al tratamiento de sus datos personales, de conformidad con el artículo 15 de la presente Ley.
• Bases de datos: El conjunto ordenado de datos personales referentes a una persona identificada o identificable.
• Bloqueo: La identificación y conservación de datos personales una vez cumplida la finalidad para la cual fueron recabados, con el único propósito de determinar posibles responsabilidades en relación con su tratamiento, hasta el plazo de prescripción legal o contractual de éstas. Durante dicho periodo, los datos personales no podrán ser objeto de tratamiento y transcurrido éste, se procederá a su cancelación en la base de datos que corresponde.
• Consentimiento: Manifestación de la voluntad del titular de los datos mediante la cual se efectúa el tratamiento de los mismos.
• Datos personales: Cualquier información concerniente a una persona física identificada o identificable.
• Datos personales sensibles: Aquellos datos personales que afecten a la esfera más íntima de su titular, o cuya utilización indebida pueda dar origen a discriminación o conlleve un riesgo grave para éste. En particular, se consideran sensibles aquellos que puedan revelar aspectos como origen racial o étnico, estado de salud presente y futura, información genética, creencias religiosas, filosóficas y morales, afiliación sindical, opiniones políticas, preferencia sexual.
• Días: Días hábiles.
• Disociación: El procedimiento mediante el cual los datos personales no pueden asociarse al titular ni permitir, por su estructura, contenido o grado de desagregación, la identificación del mismo.
• Encargado: La persona física o jurídica que sola o conjuntamente con otras trate datos personales por cuenta del responsable.
• Fuente de acceso público: Aquellas bases de datos cuya consulta puede ser realizada por cualquier persona, sin más requisito que, en su caso, el pago de una contraprestación, de conformidad con lo señalado por el Reglamento de esta Ley.
• Instituto: Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, a que hace referencia la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
• Ley: Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
• Reglamento: El Reglamento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
• Responsable: Persona física o moral de carácter privado que decide sobre el tratamiento de datos personales.
• Secretaría: Secretaría de Economía.
• Tercero: La persona física o moral, nacional o extranjera, distinta del titular o del responsable de los datos.
• Titular: La persona física a quien corresponden los datos personales.
• Tratamiento: La obtención, uso, divulgación o almacenamiento de datos personales, por cualquier medio. El uso abarca cualquier acción de acceso, manejo, aprovechamiento, transferencia o disposición de datos personales.
• Transferencia: Toda comunicación de datos realizada a persona distinta del responsable o encargado del tratamiento.
2. PRINCIPIOS GENERALES
BELMONT ASSET MANAGEMENT aplicará los siguientes principios contemplados en la Ley:
1- Principio de Licitud
Los datos personales deberán recabarse y tratarse de manera lícita conforme a las disposiciones establecidas por la normatividad aplicable. La obtención de datos personales no debe hacerse a través de medios engañosos o fraudulentos.
En todo tratamiento de datos personales, se presume que existe la expectativa razonable de privacidad, entendida como la confianza que deposita cualquier persona en otra, respecto de que los datos personales proporcionados entre ellos serán tratados conforme a lo que acordaron las partes en los términos establecidos por la Ley.
2- Principio de Consentimiento
Todo tratamiento de datos personales estará sujeto al consentimiento de su titular, salvo las excepciones previstas por la Ley. El consentimiento será expreso cuando la voluntad se manifieste verbalmente, por escrito, por medios electrónicos, ópticos o por cualquier otra tecnología, o por signos inequívocos.
Se entenderá que el titular consciente tácitamente el tratamiento de sus datos, cuando habiéndose puesto a su disposición el aviso de privacidad, no manifieste su oposición.
Los datos financieros o patrimoniales requerirán el consentimiento expreso de su titular, salvo las excepciones a que se refieren los artículos 10 y 37 de la LFPDPPP.
El consentimiento podrá ser revocado en cualquier momento sin que se le atribuyan efectos retroactivos. Para revocar el consentimiento, el responsable deberá, en el aviso de privacidad, establecer los mecanismos y procedimientos para ello.
3- Principio de Información
En el caso de datos personales sensibles, BELMONT ASSET MANAGEMENT obtendrá el consentimiento expreso y por escrito del titular para su tratamiento, a través de su firma autógrafa, firma electrónica, o cualquier mecanismo de autenticación.
BELMONT ASSET MANAGEMENT no creará bases de datos con datos personales sensibles sin una justificación legítima, concreta y acorde con las actividades o fines explícitos.
Para el caso de datos personales, no será necesario el consentimiento en los siguientes casos:
• Esté previsto en una Ley
• Los datos figuren en fuentes de acceso público
• Los datos personales se sometan a un procedimiento previo de disociación
• Tenga el propósito de cumplir obligaciones derivadas de una relación jurídica entre el titular y BELMONT ASSET MANAGEMENT
• Exista una situación de emergencia que potencialmente pueda dañar a un individuo en su persona o en sus bienes
• Sean indispensables para la atención médica, la prevención, diagnóstico, la prestación de asistencia sanitaria, tratamientos médicos o la gestión de servicios sanitarios, mientras el titular no esté en condiciones de otorgar el consentimiento, en los términos que establece la Ley General de Salud y demás disposiciones jurídicas aplicables y que dicho tratamiento de datos se realice por una persona sujeta al secreto profesional u obligación equivalente
• Se dicte resolución de autoridad competente.
4- Principio de Calidad
BELMONT ASSET MANAGEMENT procurará que los datos personales contenidos en las bases de datos sean pertinentes, correctos y actualizados para los fines para los cuales fueron obtenidos.
Cuando los datos de carácter personal hayan dejado de ser necesarios para el cumplimiento de las finalidades previstas por el aviso de privacidad y las disposiciones legales aplicables, serán suprimidos.
BELMONT ASSET MANAGEMENT como responsable de la base de datos estará obligado a eliminar la información relativa al incumplimiento de obligaciones contractuales, una vez que transcurra un plazo de setenta y dos meses, contado a partir de la fecha calendario en que se presente el mencionado incumplimiento.
5- Principio de Finalidad
El tratamiento de datos personales deberá limitarse al cumplimiento de las finalidades previstas en el aviso de privacidad. En el caso que BELMONT ASSET MANAGEMENT necesite tratar los datos para un fin distinto que no resulte compatible o análogo a los fines establecidos en aviso de privacidad, BELMONT ASSET MANAGEMENT requerirá nuevamente el consentimiento del titular.
El tratamiento de datos personales será el que resulte necesario, adecuado y relevante en relación con las finalidades previstas en el aviso de privacidad. En particular para datos personales sensibles, BELMONT ASSET MANAGEMENT realizará esfuerzos razonables para limitar el periodo de tratamiento de los mismos a efecto de que sea el mínimo indispensable.
Para ver las características del aviso de privacidad, favor remitirse al Título 3. AVISO DE PRIVACIDAD.
6- Principio de lealtad
BELMONT ASSET MANAGEMENT velará por el cumplimiento de los principios de protección de datos personales establecidos por esta Ley, adoptando las medidas necesarias para su aplicación. Lo anterior aplica aún y cuando estos datos fueren tratados por un tercero a solicitud del responsable. BELMONT ASSET MANAGEMENT tomará las medidas necesarias y suficientes para garantizar que el aviso de privacidad dado a conocer al titular sea respetado en todo momento por él o por terceros con los que guarde alguna relación jurídica.
BELMONT ASSET MANAGEMENT informará los titulares de los datos, la información que se recaba de ellos y con qué fines, a través del aviso de privacidad.
Para ver las características del aviso de privacidad, favor remitirse al Título 3. AVISO DE PRIVACIDAD.
7- Principio de Proporcionalidad
El aviso de privacidad del cual trata el Título 3. AVISO DE PRIVACIDAD debe ponerse a disposición de los titulares a través de formatos impresos, digitales, visuales, sonoros o cualquier otra tecnología, de la siguiente manera:
• Cuando los datos personales hayan sido obtenidos por BELMONT ASSET MANAGEMENT de forma personal, el aviso de privacidad deberá ser facilitado en el momento en que se recaba el dato de forma clara y fehaciente, a través de los formatos por los que se recolectan, salvo que se hubiera facilitado el aviso con anterioridad, y
• Cuando los datos personales sean obtenidos directamente por parte de BELMONT ASSET MANAGEMENT, del titular por cualquier medio electrónico, óptico, sonoro, visual, o a través de cualquier otra tecnología, BELMONT ASSET MANAGEMENT deberá proporcionar al titular de manera inmediata, al menos la información a que se refiere las la identidad y domicilio de BELMONT ASSET MANAGEMENT y la finalidad del tratamiento de datos , así como proveer los mecanismos para que el titular conozca el texto completo del aviso de privacidad.
8- Principio de Responsabilidad
Cuando los datos no hayan sido obtenidos directamente del titular, BELMONT ASSET MANAGEMENT dará a conocer el cambio en el aviso de privacidad. Lo anterior no aplica cuando el tratamiento sea con fines históricos, estadísticos o científicos.
En el caso de resultar imposible dar a conocer el aviso de privacidad al titular o exija esfuerzos desproporcionados, en consideración al número de titulares, o a la antigüedad de los datos, BELMONT ASSET MANAGEMENT solicitará autorización del Instituto, y podrá instrumentar medidas compensatorias en términos del Reglamento de la LFPDPPP.
BELMONT ASSET MANAGEMENT establecerá y mantendrá las medidas de seguridad administrativas, técnicas y físicas que permitan proteger los datos personales contra daño, pérdida, alteración, destrucción o el uso, acceso o tratamiento no autorizado.
Las vulneraciones de seguridad ocurridas en cualquier fase del tratamiento que afecten de forma significativa los derechos patrimoniales o morales de los titulares, serán informadas de forma inmediata por BELMONT ASSET MANAGEMENT al titular, a fin de que este último pueda tomar las medidas correspondientes a la defensa de sus derechos.
BELMONT ASSET MANAGEMENT y sus terceros, que intervengan en cualquier fase del tratamiento de datos personales guardaran confidencialidad respecto de éstos, obligación que subsistirá aun después de finalizar sus relaciones con el titular o, en su caso, con BELMONT ASSET MANAGEMENT.
3. AVISO DE PRIVACIDAD
El Aviso de Privacidad, tendrá como fin, informar al titular de los datos, el objeto del tratamiento de los mismos.
Es un documento físico, electrónico o en cualquier otro formato conocido o por conocer, que es puesto a disposición del Titular para el tratamiento de sus datos personales. A través de este documento se informa al Titular la información relativa a la existencia de las políticas de tratamiento de información que le serán aplicables, la forma de acceder a las mismas y las características del tratamiento que se pretende dar a los datos personales.
3.1 Alcance y contenido del Aviso de Privacidad
El aviso de Privacidad, cómo mínimo deberá tener la siguiente información:
• La identidad, domicilio y datos de contacto de BELMONT ASSET MANAGEMENT
• El tipo de tratamiento al cual serán sometidos los datos y la finalidad del mismo.
• Los mecanismos generales dispuestos por BELMONT ASSET MANAGEMENT para que el Titular conozca la política de tratamiento de la información y los cambios sustanciales que se produzcan en ella. En todos los casos se debe informar al Titular el cómo acceder o consultar la política de tratamiento de la información.
• Las opciones y medios que BELMONT ASSET MANAGEMENT ofrezca a los titulares para limitar el uso o divulgación de los datos;
• Los medios para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición, de conformidad con lo dispuesto en la LFPDPPP, para lo cual BELMONT ASSET MANAGEMENT dispondrá del siguiente correo electrónico: contactomx@fcelect.com
• Las transferencias de datos que se efectúen
• El procedimiento y medio por el cual el responsable comunicará a los titulares de cambios al aviso de privacidad, de conformidad con lo previsto en esta Ley. Para el caso de recolectar y tratar datos personales sensibles, el aviso de privacidad señalará expresamente que se trata de este tipo de datos.
4. DERECHO DE LOS TITULARES DE LOS DATOS PERSONALES
De acuerdo con la LFPDPPP relacionada con la protección de los datos personales, el Titular de los datos tiene los siguientes derechos:
a. Acceder, conocer, rectificar, actualizar y cancelar sus datos personales frente a BELMONT ASSET MANAGEMENT, en su condición de responsable del tratamiento
b. Podrá, por cualquier medio válido, solicitar prueba de la autorización otorgada a BELMONT ASSET MANAGEMENT, en su condición de responsable del Tratamiento
c. Conocer el Aviso de Privacidad al que está sujeto el tratamiento.
d. El titular de los datos tendrá derecho a rectificarlos cuando sean inexactos o incompletos.
e. El titular tendrá en todo momento el derecho a cancelar sus datos personales.
f. La cancelación de datos personales dará lugar a un periodo de bloqueo tras el cual se procederá a la supresión del dato. BELMONT ASSET MANAGEMENT podrá conservarlos exclusivamente para efectos de las responsabilidades nacidas del tratamiento. El periodo de bloqueo será equivalente al plazo de prescripción de las acciones derivadas de la relación jurídica que funda el tratamiento en los términos de la Ley aplicable en la materia.
g. Una vez cancelado el dato se dará aviso a su titular por parte de BELMONT ASSET MANAGEMENT.
h. Cuando los datos personales hubiesen sido transmitidos con anterioridad a la fecha de rectificación o cancelación y sigan siendo tratados por terceros, BELMONT ASSET MANAGEMENT deberá hacer de su conocimiento dicha solicitud de rectificación o cancelación, para que proceda a efectuarla también.
5. EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE ACCESO, RECTIFICACIÓN, CANCELACIÓN Y OPOSICIÓN
En cualquier momento el titular de los datos o su representante legal podrán solicitar a BELMONT ASSET MANAGEMENT en cualquier momento el acceso, rectificación, cancelación u oposición, respecto de los datos personales que le conciernen.
La solicitud de acceso, rectificación, cancelación u oposición deberá contener y acompañar lo siguiente:
• El nombre del titular y domicilio u otro medio para comunicarle la respuesta a su solicitud;
• Los documentos que acrediten la identidad o, en su caso, la representación legal del titular;
• La descripción clara y precisa de los datos personales respecto de los que se busca ejercer alguno de los derechos antes mencionados, y
• Cualquier otro elemento o documento que facilite la localización de los datos personales.
En el caso de solicitudes de rectificación de datos personales, el titular deberá indicar, además de lo señalado anteriormente, las modificaciones a realizarse y aportar la documentación que sustente su petición.
BELMONT ASSET MANAGEMENT designará a una persona, o departamento, quien dará trámite a las solicitudes de los titulares, para el ejercicio de los derechos. Asimismo, fomentará la protección de datos personales al interior de la organización.
BELMONT ASSET MANAGEMENT comunicará al titular, en un plazo máximo de veinte (20) días, contados desde la fecha en que se recibió la solicitud de acceso, rectificación, cancelación u oposición, la determinación adoptada, a efecto de que, si resulta procedente, se haga efectiva la misma dentro de los quince días siguientes a la fecha en que se comunica la respuesta. Tratándose de solicitudes de acceso a datos personales, procederá la entrega previa acreditación de la identidad del solicitante o representante legal, según corresponda.
Los plazos antes referidos podrán ser ampliados una sola vez por un periodo igual, siempre y cuando así lo justifiquen las circunstancias del caso.
La obligación de acceso a la información se dará por cumplida cuando se pongan a disposición del titular los datos personales; o bien, mediante la expedición de copias simples, documentos electrónicos o cualquier otro medio que determine el responsable en el aviso de privacidad.
En el caso de que el titular solicite el acceso a los datos a una persona que presume es el responsable y ésta resulta no serlo, bastará con que así se le indique al titular por cualquiera de los medios a que se refiere el párrafo anterior, para tener por cumplida la solicitud.
BELMONT ASSET MANAGEMENT podrá negar el acceso a los datos personales, o a realizar la rectificación o cancelación o conceder la oposición al tratamiento de los mismos, en los siguientes supuestos:
• Cuando el solicitante no sea el titular de los datos personales, o el representante legal no esté debidamente acreditado para ello;
• Cuando en su base de datos, no se encuentren los datos personales del solicitante;
• Cuando se lesionen los derechos de un tercero;
• Cuando exista un impedimento legal, o la resolución de una autoridad competente, que restrinja el acceso a los datos personales, o no permita la rectificación, cancelación u oposición de los mismos, y
• Cuando la rectificación, cancelación u oposición haya sido previamente realizada.
La negativa a que se refiere este artículo podrá ser parcial en cuyo caso BELMONT ASSET MANAGEMENT efectuará el acceso, rectificación, cancelación u oposición requerida por el titular.
En todos los casos anteriores, BELMONT ASSET MANAGEMENT informará el motivo de su decisión y comunicará al titular, o en su caso, al representante legal, en los plazos establecidos para tal efecto, por el mismo medio por el que se llevó a cabo la solicitud, acompañando, en su caso, las pruebas que resulten pertinentes.
La entrega de los datos personales será gratuita, debiendo cubrir el titular únicamente los gastos justificados de envío o con el costo de reproducción en copias u otros formatos.
Dicho derecho se ejercerá por el titular en forma gratuita, previa acreditación de su identidad ante BELMONT ASSET MANAGEMENT. No obstante, si la misma persona reitera su solicitud en un periodo menor a doce meses, los costos no serán mayores a tres días de Salario Mínimo General Vigente en el Distrito Federal, a menos que existan modificaciones sustanciales al aviso de privacidad que motiven nuevas consultas.
No será necesario el consentimiento para el tratamiento de los datos personales cuando:
o Esté previsto en una Ley;
o Los datos figuren en fuentes de acceso público;
o Los datos personales se sometan a un procedimiento previo de disociación;
o Tenga el propósito de cumplir obligaciones derivadas de una relación jurídica entre el titular y el responsable;
o Exista una situación de emergencia que potencialmente pueda dañar a un individuo en su persona o en sus bienes;
o Sean indispensables para la atención médica, la prevención, diagnóstico, la prestación de asistencia sanitaria, tratamientos médicos o la gestión de servicios sanitarios, mientras el titular no esté en condiciones de otorgar el consentimiento, en los términos que establece la Ley General de Salud y demás disposiciones jurídicas aplicables y que dicho tratamiento de datos se realice por una persona sujeta al secreto profesional u obligación equivalente, o
o Se dicte resolución de autoridad competente.
6. TRANSFERENCIA DE DATOS
En el caso de requerir por parte de BELMONT ASSET MANAGEMENT la transferencia de los datos personales a terceros nacionales o extranjeros, deberá comunicar a éstos el aviso de privacidad y las finalidades a las que el titular sujetó su tratamiento.
El tratamiento de los datos se hará conforme a lo convenido en el aviso de privacidad, el cual contendrá una cláusula en la que se indique si el titular acepta o no la transferencia de sus datos, de igual manera, el tercero receptor, asumirá las mismas obligaciones que correspondan al responsable que transfirió los datos.
Las transferencias nacionales o internacionales de datos podrán llevarse a cabo sin el consentimiento del titular cuando se dé alguno de los siguientes supuestos:
• Cuando la transferencia esté prevista en una Ley o Tratado en los que México sea parte;
• Cuando la transferencia sea necesaria para la prevención o el diagnóstico médico, la prestación de asistencia sanitaria, tratamiento médico o la gestión de servicios sanitarios;
• Cuando la transferencia sea efectuada a sociedades controladoras, subsidiarias o afiliadas bajo el control común del responsable, o a una sociedad matriz o a cualquier sociedad del mismo grupo del responsable que opere bajo los mismos procesos y políticas internas;
• Cuando la transferencia sea necesaria por virtud de un contrato celebrado o por celebrar en interés del titular, por el responsable y un tercero;
• Cuando la transferencia sea necesaria o legalmente exigida para la salvaguarda de un interés público, o para la procuración o administración de justicia;
• Cuando la transferencia sea precisa para el reconocimiento, ejercicio o defensa de un derecho en un proceso judicial, y
• Cuando la transferencia sea precisa para el mantenimiento o cumplimiento de una relación jurídica entre el responsable y el titular.
7. AUTORIDADES
7.1 Instituto
El Instituto, para efectos de esta Ley, tendrá por objeto difundir el conocimiento del derecho a la protección de datos personales en la sociedad mexicana, promover su ejercicio y vigilar por la debida observancia de las disposiciones previstas en la presente Ley y que deriven de la misma; en particular aquellas relacionadas con el cumplimiento de obligaciones por parte de los sujetos regulados por este ordenamiento.
El Instituto tiene las siguientes atribuciones:
• Vigilar y verificar el cumplimiento de las disposiciones contenidas en esta Ley, en el ámbito de su competencia, con las excepciones previstas por la legislación;
• Interpretar en el ámbito administrativo LFPDPPP;
• Proporcionar apoyo técnico a los responsables que lo soliciten, para el cumplimiento de las obligaciones establecidas en LFPDPPP;
• Emitir los criterios y recomendaciones, de conformidad con las disposiciones aplicables a LFPDPPP, para efectos de su funcionamiento y operación;
• Divulgar estándares y mejores prácticas internacionales en materia de seguridad de la información, en atención a la naturaleza de los datos; las finalidades del tratamiento, y las capacidades técnicas y económicas del responsable;
• Conocer y resolver los procedimientos de protección de derechos y de verificación señalados en esta Ley e imponer las sanciones según corresponda;
• Cooperar con otras autoridades de supervisión y organismos nacionales e internacionales, a efecto de coadyuvar en materia de protección de datos;
• Rendir al Congreso de la Unión un informe anual de sus actividades;
• Acudir a foros internacionales en el ámbito de LFPDPPP;
• Elaborar estudios de impacto sobre la privacidad previos a la puesta en práctica de una nueva modalidad de tratamiento de datos personales o a la realización de modificaciones sustanciales en tratamientos ya existentes;
• Desarrollar, fomentar y difundir análisis, estudios e investigaciones en materia de protección de datos personales en Posesión de los Particulares y brindar capacitación a los sujetos obligados, y
• Las demás que le confieran la LFPDPPP y demás ordenamientos aplicables.
7.2 Autoridades Reguladoras
La Secretaría, para efectos de la LFPDPPP, tendrá como función difundir el conocimiento de las obligaciones en torno a la protección de datos personales entre la iniciativa privada nacional e internacional con actividad comercial en territorio mexicano; promoverá las mejores prácticas comerciales en torno a la protección de los datos personales como insumo de la economía digital, y el desarrollo económico nacional en su conjunto.
En lo referente a las bases de datos de comercio, la regulación que emita la Secretaría únicamente será aplicable a aquellas bases de datos automatizadas o que formen parte de un proceso de automatización.
La Secretaría tiene las siguientes atribuciones:
• Difundir el conocimiento respecto a la protección de datos personales en el ámbito comercial;
• Fomentar las buenas prácticas comerciales en materia de protección de datos personales;
• Emitir los lineamientos correspondientes para el contenido y alcances de los avisos de privacidad en colaboración con el Instituto, a que se refiere la presente Ley;
• Emitir, en el ámbito de su competencia, las disposiciones administrativas de carácter general a que se refiere el artículo 40 de la LFPDPPP, en colaboración con el Instituto;
• Fijar los parámetros necesarios para el correcto desarrollo de los mecanismos y medidas de autorregulación a que se refiere el artículo 44 de la LFPDPPP, incluido la promoción de Normas Mexicanas o Normas Oficiales Mexicanas, en colaboración con el Instituto;
• Llevar a cabo los registros de consumidores en materia de datos personales y verificar su funcionamiento;
• Celebrar convenios con cámaras de comercio, asociaciones y organismos empresariales en lo general, en materia de protección de datos personales;
• Diseñar e instrumentar políticas y coordinar la elaboración de estudios para la modernización y operación eficiente del comercio electrónico, así como para promover el desarrollo de la economía digital y las tecnologías de la información en materia de protección de datos personales;
• Acudir a foros comerciales nacionales e internacionales en materia de protección de datos personales, o en aquellos eventos de naturaleza comercial, y
• Apoyar la realización de eventos, que contribuyan a la difusión de la protección de los datos personales.